https://elpais.com/economia/2023/09/04/mis_derechos/1693820608_926541.html
El TSJ de Cataluña avala que, en casos así, la empresa pueda contratar a un detective y seguir al trabajador.
El uso de detectives privados para controlar qué hacen los trabajadores ha sido históricamente un filón de roces judiciales, al mezclar dos materias especialmente delicadas: el control laboral y la intimidad. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) acaba de arrojar luz sobre esta problemática, en concreto, sobre cómo controlar a los empleados que gozan de libertad para organizar sus horarios y desplazamientos con un coche de empresa. Y ha concluido que, cuando un subordinado tiene este poder, contratar a un detective para seguirlo no es una medida excesiva, si existen sospechas sólidas de que el empleado está engañando de alguna forma a sus superiores.
En la resolución en cuestión, fechada el pasado 7 de junio, el tribunal catalán ha ratificado con este razonamiento el despido de un jefe de servicio de una empresa de seguridad que se escapaba en horario laboral y, con el coche de la empresa, dedicaba su tiempo a abordar otros quehaceres. La empresa notó una bajada de rendimiento y continúas ausencias del puesto, lo que corroboró con el testimonio de empleados, indicios que llevaron a la dirección a pedir ayuda a un investigador privado.
Escapaditas y cafés
Como recogen los informes del profesional, el seguimiento se realiza entre las 7.30 de la mañana y las 18 de la tarde de cuatro días alternos. El operario es visto a primera hora en un hospital cercano a su centro de trabajo. Hasta las 08.10 no entra en la oficina. A las 08.54 es localizado en un bar hasta las 09:17. Vuelve a su puesto, y a las 13.35 horas lo abandona rumbo a unas pistas deportivas. Vuelve a la oficina a las 15:15 y a las 16:28 se marcha a una playa alejada de la ciudad. Luego hace la compra en un Carrefour Exprés y vuelve a su domicilio a las 17.
La ruta de las otras tres jornadas es parecida: se desplaza a la playa, a cafeterías, a un centro comercial, al hospital… todos sitios que constan como no relacionados con sus labores. A final de mes, el trabajador, que contaba con 20 años en la empresa, registraba estos gastos con conceptos poco precisos, como viaje a «juzgados» o a la «Agencia Tributaria». Imputaba así kilometrajes de hasta 190 kilómetros en un día que no coincidían con los desplazamientos reales.
Está justificado
Desconforme con su despido, el auxiliar llevó el caso a los tribunales. En su recurso alegó que la empresa había invadido su esfera privada al destapar rutinas que pertenecían a su intimidad, por lo que el despido debía ser declarado nulo, al atentar contra sus derechos fundamentales. Además, aseveró que el seguimiento del detective no se ciñó al horario laboral, pues abarcaba casi la totalidad del día, y en todo caso la empresa debió optar por medios menos invasivos, y apercibirle, antes de contratar a un detective y seguirlo.
La compañía, sin embargo, defendió su postura alegando que, si bien el horario del trabajador en cuestión era flexible, el detective se limitó a seguir al subordinado desde que salía de casa hasta que volvía. En todo caso, se escuda la empresa en que la bajada del rendimiento y las ausencias del empleado, ratificadas por los testimonios de varios trabajadores, justifican la contratación del investigador, la única manera de disipar las sospechas sobre el empleado.
La confianza empresarial se rompe
En su sentencia, el tribunal catalán no ve causa de despido en que el trabajador incumpla con su jornada pues, en casos como este, puede existir lo que el argot del derecho laboral se conoce como una situación de tolerancia empresarial. Es decir, si la dirección no está de acuerdo con los horarios del operario, esta debió primero avisar de su disconformidad, y luego, llegado el caso, sancionar.
Lo que sí justifica el despido, agrega el fallo, es la falsa imputación del kilometraje a desplazamientos que no habían tenido lugar. Los magistrados rechazan que estos apuntes se traten de un mero error o imprecisión a la hora de hacer los partes mensuales, tal como defendía el operario, y dan por hecho que el trabajador actuó de mala fe.
Un engaño así quiebra la confianza entre las partes, concluyen los jueces. «Nunca se desplazó a dichos lugares y pretendió cobrar el importe de dichos desplazamientos», lo que «supone un incumplimiento grave y culpable del trabajador en relación con sus obligaciones derivadas del contrato de trabajo», remachan en su fallo.
En cuanto a la pertinencia de contratar un detective, la medida no solo era necesaria, sino la única posible, pues al tratarse de una jornada que permite cierto grado de desplazamientos y flexibilidad horaria, y ser un jefe, que precisamente se dedica a la supervisión de otros empleados, seguirlo con un profesional ajeno a la empresa era la única fórmula para esclarecer la decisión.
Por tanto el despido, lejos de vulnerar derechos fundamentales, es procedente a ojos de la Justicia.