Mintió sobre enfermedad para obtener prestaciones en San Sebastián
07 feb 2024
También le habían asignado una ayuda de 338 euros a su mujer para cuidarlo.
Un juzgado de lo Social de San Sebastián ha anulado el expediente administrativo que reconoció a un trabajador accidentado un grado de gran invalidez que le permitía recibir más de 3.000 euros al mes, después de que un detective privado descubriera que había simulado la enfermedad cerebral que parecía sufrir.
Según recoge la sentencia del caso, difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el operario sufrió un accidente laboral el 22 de diciembre del 2021 tras caerse de una mesa en la que se había subido para colocar una cinta y golpearse en un hombro y en la cabeza.
A consecuencia del siniestro, el hombre logró que le fuera reconocida una «invalidez permanente absoluta» con un recargo de prestaciones de la Seguridad Social del 30% y un grado de minusvalía del 96% con una limitación de movilidad del 78%.
Derivada de esta situación, la Diputación de Guipúzcoa concedió además a su esposa una prestación económica de 338 euros para cuidarlo, además de diversas ayudas para la adquisición de distintos productos. Fraude de ley
De esta manera, el hombre logró una serie de prestaciones «superiores a los 3.000 euros mensuales» que, además recurrió para intentar conseguir que en conjunto llegaran hasta los 5.000 euros en lo que, según opina ahora el juzgado, constituye «un fraude de ley».
La sentencia recuerda en este sentido que el hombre no se produjo «ninguna lesión reseñable» a consecuencia de su caída. El TAC que se le practicó seis días después no reveló afectaciones ni fracturas cerebrales.
Posteriormente, la resonancia craneal que se le realizó el 22 de febrero de 2022 «no reveló ningún tipo de alteraciones cerebrales», momento a partir del cual el hombre ya no prestó «su colaboración para que le hicieran ningún otro tipo de prueba» con el pretexto de «fuertes dolores de cabeza y con «interferencias de su esposa» en las «exploraciones» que pretendieron llevar a cabo los «diversos equipos médicos» que han intentado tratarle y hacerle exploraciones o algún tipo de prueba médica «que pudiera detectar si sufre algún tipo de lesión cerebral».
Asimismo, el trabajador rechazó «cualquier tipo de tratamiento en una institución especializada», aunque una de ellas determinó que «para documentar la naturaleza de su disfunción cerebral sería necesario hacer una resonancia magnética cerebral bajo anestesia o un PET cerebral».
Diagnóstico basado en la observación
Según la resolución judicial, se llegó a un diagnóstico «únicamente en base a una observación» de su estado porque él mismo «no lo permitió».
Ante esta situación, la empresa del operario contrató los servicios de una agencia de investigación para comprobar si su estado era el que se había manifestado ante los servicios médicos que le atendían.
Uno de sus detectives pudo constatar así que el hombre era capaz de dar paseos de más de dos kilómetros seguidos con su mujer con paso ágil y que en sus salidas era consciente de que podía ser observado, por lo que en ocasiones llevaba puesta una capucha de manera no justificada por las inclemencias del tiempo.
Además, el detective vio que elegía una zona aislada para dar sus paseos y descubrió que al hablar con su mujer «sonreía en algún momento», lo que puso de manifiesto que «conserva una capacidad de comunicación con terceros» y con ello «sus capacidades intelectuales superiores», dado que la comunicación «exige comprensión, razonamiento y capacidad de respuesta».
Simuló la enfermedad
Esta situación contrastó además con la que el operario mostró durante el juicio por estos hechos celebrado el pasado 18 de enero y que ha llevado ahora al juzgado a considerar que, desde el primer momento, el hombre «ha simulado una enfermedad que no tenía» con el fin de «acceder a unas prestaciones sociales que además han llegado incluso a su esposa y a las que en otro caso no tendría derecho por no reunir los requisitos necesarios».
Por estos motivos, la sentencia anula y deja sin efecto el expediente administrativo que reconoció al trabajador un grado de invalidez que no se corresponde con su estado de salud real.
Además, la resolución dará traslado de la situación a la Fiscalía por si la conducta del trabajador pudiera ser constitutiva de algún ilícito penal, así como a la Diputación de Guipúzcoa para que, en su caso, revise el reconocimiento del grado de minusvalía reconocido al trabajador.