Expertos aclaran si es posible conducir un vehículo en un periodo de baja laboral por incapacidad temporal

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Alejandro Perdigones  03/10/2023

Muchas personas se realizan diferentes cuestiones cuando se encuentran en un proceso de baja por incapacidad temporal. En la mayoría de ocasiones, estas dudas aparecen en relación a posibles incompatibilidades con la situación de incapacidad temporal.

Una de las dudas frecuentes de muchas personas es si es posible conducir un coche mientras se está de baja laboral por incapacidad temporal. La realidad es que este hecho depende de la situación de cada persona.

Para saber si una persona puede conducir en un momento de incapacidad temporal, es necesario analizar su cuadro clínico. Es decir, la lesión o enfermedad por las que esta persona se encuentra de baja.

Conducir con una incapacidad temporal

Si tienes dudas acerca de si puedes conducir estando de baja, lo más recomendable es consultarlo al profesional médico que ha autorizado la propia baja por incapacidad temporal. Normalmente, sabrá dar las directrices concretas para cada tipo de situación.

Respecto a la Dirección General de Tráfico (DGT), no existe ninguna normativa específica que determine si una persona en situación de baja por incapacidad temporal puede conducir o no.

En cualquier caso, la DGT sí que recoge algunas pautas sobre el estado en el que debe encontrarse el conductor para poder ponerse al volante, sin que ello constituya un riesgo para otros conductores y para él mismo.

Entre otras cosas, el conductor debe encontrarse en condiciones para controlar el vehículo, contar con libertad de movimientos, campo de visión necesario y capacidad para garantizar su seguridad y la de los pasajeros.

Supongamos que una persona está de baja por un desprendimiento de retina en un ojo o por contar con un brazo escayolado. En estos casos no debería conducir al no contar con las condiciones necesarias para ello.

Como conclusión, podemos afirmar que la posibilidad de conducir con una incapacidad temporal depende de la situación en la que se encuentre cada trabajador. Todo ello relacionado con el ámbito laboral y con la baja médica.

NO SE RECOMIENDA CONDUCIR

En otro orden de cosas, la Dirección General de Tráfico (DGT) establece un listado con una serie de enfermedades que pueden influir en la conducción y pueden suponer un riesgo para la seguridad vial. Estas son algunas de ellas:

  • Apnea del sueño.
  • Alzheimer.
  • Depresión.
  • Diabetes.
  • Epilepsia.
  • Gripe.
  • Alergias.
  • Ictus.
  • Parkinson.
  • Alteraciones en la visión.

También existen otras lesiones o enfermedades que, dependiendo de su grado, pueden alterar más o menos en la conducción normal. Lo más recomendable es no conducir si una persona no se encuentra en plenas facultades, ya sea durante un periodo de baja por incapacidad temporal o en una situación normal.

Una baja laboral por incapacidad temporal puede durar hasta 365 días o incluso más. Así, si un especialista no le recomienda conducir en relación a las dolencias que padece, lo más sensato es seguir sus indicaciones hasta que finalice el proceso de baja médica. De esta forma, se pueden evitar consecuencias que, en determinados casos, pueden llegar a ser irreversibles.

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