Hombre dejará de pagar una pensión a su ex gracias a la grabación de un detective
La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha ratificado la sentencia que suprimía una pensión compensatoria después de que el obligado a pagar aportase en sede judicial una grabación de un detective que acreditaba que la beneficiaria había accedido al mercado laboral hace años.
La sentencia, de 5 de octubre de 2022, asegura que sí concurren nuevas circunstancias que permite suprimir la pensión compensatoria otorgada en sentencia de divorcio en beneficio de la exmujer.
Conoce el caso
En mayo de 2002, el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Puertollano estimó la demanda formulada por el exmarido y declaró modificar la sentencia de divorcio en el sentido de suprimir la pensión compensatoria que corría a su cargo y en beneficio de su expareja.
El actor logró acreditar que la demandada se había incorporado al mercado laboral gracias a un informe presentado por un detective privado que incorporaba una grabación en la que mujer venía a reconocer que, desde hace años, cuidaba a personas mayores.
Disconforme con lo anterior, la mujer recurrió en apelación alegando que no concurrían circunstancias nuevas que justificasen la supresión de la mencionada pensión compensatoria. Además, la recurrente tildó de “desproporcionada” la actitud del demandante que contrató a dos detectives para no pagar una pensión de 100 euros. De hecho, para mayor argumento, la demandada advirtió que de la citada grabación no puede deducirse que trabaje y mucho menos con un carácter remunerado.
Por último, bajo la única intención de mantener la repetida pensión compensatoria, la recurrente expone que la misma declaró en el plenario que hizo tales manifestaciones que aparecían en el video porque quería conseguir el supuesto puesto de trabajo que se le ofrecía, no porque fuera verdad que se dedicara a cuidar a personas mayores. Este último extremo fue ratificado por una de sus hijas que declaró como testigo
AP de Ciudad Real: “Sí existe ese cambio de circunstancias”
En primer término, la AP de Ciudad Real llama la atención que la hija que declaró como testigo en el juicio no desvirtúa esa prueba ya que aquella incluso reconoció la mala relación que mantenía con su padre.
En segundo lugar, la Sala recuerda que existe un procedimiento de modificación de medidas anterior que viene a corroborar la versión del demandante. En concreto, en este antiguo litigio se concluyó que la mujer trabajaba cuidando a una persona mayor, madre de una amiga, a la que ayudaba sin remuneración alguna.
Existe un procedimiento de modificación de medidas anterior que viene a corroborar la versión del demandante
No conforme con la primera negativa judicial a extinguir la pensión compensatoria, el pagador presentó otro informe y la beneficiaria vuelve a decir que se trata de la madre de otra amigad, pero a diferencia del anterior documento “en éste se incorpora una grabación en la que claramente la demandada afirma que trabaja desde hace años cuidando personas e incluso señala que si le pagan por días son 10 euros la hora”, destaca el Tribunal.
Pues bien, “evidentemente, si en el anterior procedimiento la prueba resultaba endeble y de ahí que se mantuviera la pensión, aunque rebajada por la disminución de ingresos del demandante, ahora esa prueba si tiene la fuerza de probar ese acceso al mercado laboral desde hace años, por lo que sí existe ese cambio de circunstancias que exige nuestra legislación y señala la jurisprudencia para modificar las medidas acordadas anteriormente en relación a los excónyuges o sus hijos, tal como se hace, con acierto, en la sentencia”, concluye la reciente sentencia.
Así las cosas, la AP de Ciudad confirma la sentencia dictada y desestima el recurso interpuesto por la exmujer.