Contrata un detective y logra echar a su exesposa de la casa familiar por meter al novio

Una jueza de Vigo aplica doctrina del 2018 para extinguir el derecho a usar la vivienda.

Un divorciado de Vigo contrató a un detective privado para que comprobase si su exesposa residía con otro hombre en la vivienda familiar y a la que ella tenía derecho de uso porque se la había asignado una jueza en el 2016 para cuidar allí al hijo menor. El investigador descubrió en el 2022 que el novio de la exmujer había pernoctado 12 noches en el inmueble familiar en espacio de 62 días a lo largo del otoño.

El exmarido invocó una nueva doctrina del Tribunal Supremo del 2018 que impide convivir a un tercero en la vivienda familiar y acusó a su exmujer de meter a una pareja de hecho en la casa que él mismo había construido en su finca. Ella lo negó todo pero el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo declaró extinguido el derecho de uso que tenía sobre la vivienda familiar y se lo otorgó al exmarido. Sentencia que avala la Audiencia Provincial.

En su día, la jueza consideró que la exmujer había convivido en el domicilio familiar con otro hombre, que su hijo menor se había mudado con el padre y que el mayor, que seguía en la casa, era un trabajador precario pero independiente económicamente. La condenó a pagar 100 euros de pensión de alimentos al hijo que se había marchado con el padre.

La exmujer apeló a la Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo. Explicó que aunque el detective hubiese visto a su nueva pareja 12 noches en dicho inmueble eso no acreditaba que existiese una convivencia de pareja de hecho porque, para probarlo, habría sido necesario un seguimiento más prolongado en el tiempo. Insistió en que aquellas pernoctas no suponían ni el 20 % de los días. Añadió que el convenio de divorcio no decía nada al respecto.

La Audiencia contestó en el 2024. Indicó que, según el Tribunal Supremo, la extinción del uso familiar puede justificarse si en la vivienda entra un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona «hacer perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y diferente» y el beneficiario hace usos «incompatibles» con la naturaleza familiar de la casa si introduce a una tercera persona conviviente propia de la formación de un nuevo núcleo familiar, en calidad de cónyuge o por relación análoga al matrimonio.

El tribunal vigués ve «cumplidamente acreditado» que la exmujer introdujo a una tercera persona en el domicilio familiar, «con la que había convivido en situación análoga a la matrimonial». Ven «concluyente» el informe del detective pero, sin embargo, no lo consideran relevante porque la verdadera clave es que la madre residía en la vivienda porque tenía la custodia de su hijo menor. Sin embargo, este ahora es mayor aunque dependiente económicamente, tiene una discapacidad, estudia y se ha mudado con su progenitor por voluntad propia y cuya custodia pasó, de hecho, a él. La exmujer aclaró que, en realidad, vivía allí su hijo mayor porque era un precario sin trabajo fijo. La exesposa pierde la casa y, además, deberá pagarle una pensión alimentaria de 100 euros al hijo que se ha ido a vivir con el padre.

Otros casos

Los detectives de Vigo y su área tienen otros trucos para descubrir si la exmujer convive con un nuevo novio en la casa familiar. En otro procedimiento judicial, un investigador privado fingió ser un encuestador telefónico en plena pandemia y preguntó a la exmujer cuánta gente vivía en la casa. Ella contestó: «Mi hijo, mi padre y mi pareja». El juez le quitó la pensión compensatoria.

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